miércoles, 4 de febrero de 2009

Declaración de la IFLA sobre las bibliotecas y la libertad intelectual

La Federación Internacional de Asociaciones e Instituciones Bibliotecarias (IFLA) apoya, defiende y promueve la libertad intelectual según lo definido en la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
La IFLA declara que los seres humanos tienen el derecho fundamental de tener acceso a las expresiones del conocimiento, del pensamiento creativo y de la actividad intelectual, y de expresar públicamente sus opiniones.
La IFLA cree que el derecho al conocimiento y a la libertad de expresión son dos aspectos del mismo principio. El derecho al conocimiento es un requisito para la libertad de pensamiento y de conciencia; la libertad de acceso a la información es una condición imprescindible para el ejercicio de la libertad de pensamiento y de la libertad de expresión.
La IFLA afirma que el compromiso con la libertad intelectual es una responsabilidad básica de los profesionales de las bibliotecas y de la información.
La IFLA, por lo tanto, invita a las bibliotecas y al personal bibliotecario a adherirse a los principios de la libertad intelectual, al acceso sin restricciones a la información y a la libertad de expresión y a reconocer la privacidad del usuario de la biblioteca.
La IFLA insta a sus miembros a promover la aceptación y la puesta en práctica de estos principios. En esta perspectiva, IFLA afirma que:
- Las bibliotecas proporcionan al acceso a la información, a las ideas y a las obras de creación. Sirven como puertas de acceso al conocimiento, al pensamiento y a la cultura.
- Las bibliotecas proporcionan un apoyo esencial para el aprendizaje a lo largo de toda la vida, para la toma independiente de decisiones y para el desarrollo cultural tanto individual como colectivo.
- Las bibliotecas contribuyen al desarrollo y mantenimiento de la libertad intelectual y ayudan a salvaguardar los valores democráticos básicos y los derechos civiles universales.
- Las bibliotecas tienen la responsabilidad de garantizar y de facilitar el acceso a las expresiones del conocimiento y de la actividad intelectual. Con este fin, las bibliotecas adquirirán, preservarán y harán accesible la más amplia variedad de materiales, reflejando la pluralidad y diversidad de la sociedad.
- Las bibliotecas garantizarán que la selección y la disponibilidad de los materiales y servicios bibliotecarios se rijan por consideraciones profesionales y no por criterios políticos, morales o religiosos.
- Las bibliotecas adquirirán, ordenarán y difundirán los recursos informativos libremente y se opondrán a cualquier forma de censura.
- Las bibliotecas facilitarán materiales y servicios accesibles por igual a todos los usuarios. En ellas no habrá discriminación alguna debido a la raza, religión, sexo, edad o por ninguna otra razón.
- Los usuarios de las bibliotecas tendrán derecho a la privacidad personal y al anonimato. Los bibliotecarios y el resto del personal de la biblioteca no revelarán a terceros la identidad de los usuarios o de los materiales que utilizan.
- Las bibliotecas financiadas con fondos públicos y de acceso público mantendrán los principios de la libertad intelectual.
- Los bibliotecarios y el resto de empleados en tales bibliotecas tienen el deber de mantener esos principios.
- Los bibliotecarios y el otro personal profesional de las bibliotecas serán responsables tanto ante sus patronos como ante los usuarios. En caso de conflicto entre esas responsabilidades, será prioritario el deber hacia el usuario.

Esta declaración fue elaborada por IFLA/FAIFE (Commitee on Free Access to Information and Freedom of Espression = Comité de Libre Acceso a la Información y la Libertad de Expresión) y aprobada por su Comité Ejecutivo en La Haya, Holanda, el 25 de marzo de 1999.

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